Cómo traer jamón de España a Argentina - El Viaje Amado

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Cómo traer jamón de España a Argentina

Nestor Suarez
Cuando se viaja a España muchos se tientan con comprar jamón y traerlo de regreso, pero ¿se puede traer jamón desde España a Argentina? La realidad es que sí, pero hay algunas condiciones que deben leer atentamente.


Aprovecho la información oficial publicada en redes sociales para recordarles qué tipo de jamón de se puede traer a Argentina desde España.


La semana pasada les compartí en redes sociales cómo el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria de Argentina (SENASA) mostraba que había tenido que decomisar una pata de cerdo que trajo un pasajero desde España por ser un posible transmisor de enfermedades que no existen en Argentina.

Ahí aprovecharon a aclarar que no está prohibido traer jamón desde España, pero para traerlo hay que cumplir una serie de condiciones:

Se puede traer jamón serrano e ibérico, lomo ibérico, trozado o laminado.
Y lo más importante: SIN HUESO, y que esté en su envase de fábrica al vacío o atmósfera controlada, debidamente rotulado y sin abrir. Es decir, con la marca del producto y todo el detalle de lo que contiene y cómo fue producido, que tiene cualquier envase.

No importa si lo compraron en el free-shop del aeropuerto. Tiene que cumplir con esas condiciones para poder ingresarlo a Argentina. Y hay mucho jamón del free-shop que NO cumple esas condiciones.


También aclararon más tarde que sólo se permite traer jamón en cantidades para consumo personal.

Si el jamón que traen no cumple con esas condiciones será retenido y no podrán ingresar al jamón a Argentina. Una vez retenido, es destruido en un horno con el proceso correspondiente, como lo describió el SENASA:

Tengan en cuenta que si al regresar a Argentina hacen escala en otro país, y retiran el equipaje, también deberían cumplir con las condiciones del país donde hacen escala. 

Hoy en día, las aerolíneas que vuelan directo entre España y Argentina son: Aerolíneas Argentinas, Iberia, Level y Air Europa. 

Para más información sobre este y otros productos, les recomiendo revisar la información oficial:

Esta es la información oficial del SENASA donde remarco en amarillo lo más importante:

EL PRESIDENTE DELSERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA RESUELVE: 
ARTÍCULO 1°.- Resolución N° 295 del 25 de marzo de 1999 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA. Incorporación. Se incorporan al Anexo de la Resolución N° 295 del 25 de marzo de 1999 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA: “1) MERCADERÍAS DE ORIGEN ANIMAL, B) PRODUCTOS DE ORIGEN ANIMAL, en el rubro  ̈Productos Porcinos ̈, las siguientes mercancías: 
Jamón serrano e ibérico, lomo ibérico, trozado o laminado, sin hueso, procedente del REINO DE ESPAÑA, enenvase al vacío o atmósfera controlada original de fábrica, debidamente rotulado e identificado y de libre comercialización en dicho país.”. 
ARTÍCULO 2°.- Incorporación. Se debe incorporar la presente resolución al Libro Tercero, Parte Primera, Título II, Capítulo V y al Libro Tercero, Parte Primera, Título III, Capítulo II, Sección Primera, Subsección 61, ambos del Índice Temático del Digesto Normativo del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, aprobado por la Resolución N° 401 del 14 de junio de 2010 y su complementaria N° 738 del 12 de octubre de 2011, ambas del citado Servicio Nacional. 
ARTÍCULO 3°.- Vigencia. La presente resolución entra en vigencia a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial. 
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Jorge Horacio Dillon. e. 05/10/2017 N° 75229/17 v. 05/10/2017

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