España publica nuevas opciones para viajar al país y reduce a 48hs el test necesario - El Viaje Amado

Advertisement


España publica nuevas opciones para viajar al país y reduce a 48hs el test necesario

Nestor Suarez
La principal novedad es que por fin se publicó en el Boletín Oficial de España que los vacunados con vacunas aprobadas por la EMA y la OMS van a poder entrar al país como turistas. Y también los recuperados de COVID-19, bajo ciertas condiciones. 

Pero también hay otras pequeñas novedades para ciudadanos de la UE y sus familias. 



Resumen de las novedades desde el 7 junio:

  • los turistas extracomunitarios vacunados van a poder viajar a España si recibieron vacunas aprobadas por la EMA y la OMS. Dos (2) de esas vacunas están en Argentina.
  • los ciudadanos UE y sus parejas y dependientes podrán viajar con:
    • prueba de antígenos negativa, o 
    • con PCR, o 
    • con certificado de recuperación si ya pasaron la enfermedad 
  • se reduce a 48hs el tiempo máximo del test PCR o antígenos para los ciudadanos UE y sus familias
  • los menores de 12 años pueden viajar sin realizarse ningún test
  • mantienen la lista de países seguros que no necesitan ninguna prueba ni requisito extra
  • mantienen las restricciones de vuelo con la India, Brasil, Colombia, Perú y Sudáfrica
Actualizado 10 junio 2021: Los menores de 12 años ya no necesitan realizarse PCR ni otros tests (antes eran menores de 6 años)

Los detalles

España publicó 2 decretos que modifican las restricciones de entrada al país:
  1. BOE-A-2021-9349: https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2021-9349
  2. BOE-A-2021-9352: https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2021-9352
No se agregan requisitos. Se agregan NUEVAS OPCIONES para entrar a España.

Si antes de esto ya tenías la documentación necesaria para viajar, no te afecta, todavía pueden viajar con lo mismo que antes. 

TODOS los que viajen a España, incluso menores, deben completar un formulario de viaje en la web www.spth.gob.es y llevar impreso, o en la app en su teléfono, el código QR que se obtiene al final.

TODOS los documentos requeridos deben estar traducidos a alguno de estos idiomas: Español, Inglés, Francés o Alemán. 

Excepto por la reducción del tiempo máximo del test PCR o antígenos a 48hs, las nuevas opciones NO AFECTAN a los ciudadanos de la UE, ni a sus parejas (casadas o no), ni a sus descendientes o ascendientes que vivan a su cargo (menores de edad u otros adultos a los que el ciudadano de la UE mantenga económicamente). Ellos todavía pueden entrar a España.

Actualizado 24 de junio 2021: Armé el siguiente gráfico que explica en detalle las opciones para entrar a España. Espero les sirva. (click para ampliar o descargar)



Turistas vacunados

Desde el lunes 7 de junio podrán entrar a España TAMBIÉN los turistas extracomunitarios vacunados, que hayan recibido la vacunación completa de su vacuna hace más de 14 días.

Las únicas vacunas reconocidas para entrar a España son las vacunas aprobadas por la EMA o la OMS. 

Las vacunas reconocidas por la EMA son las siguientes:

  • AstraZeneca - Oxford / Covishield
  • Janssen (Johnson & Johnson)
  • Moderna
  • Pfizer 

Las vacunas reconocidas por la OMS son las siguientes:

  • AstraZeneca - Oxford / Covishield
  • Janssen (Johnson & Johnson)
  • Moderna
  • Pfizer 
  • Sinopharm 
  • Sinovac - Coronavac 

De las vacunas aprobadas, hay 2 que se aplican en Argentina: Covishield (AstraZeneca) y Sinopharm.

Las personas no vacunadas, o que hayan recibido otras vacunas no reconocidas por la EMA u OMS, seguirán teniendo las restricciones vigentes, y entonces necesitarán estar dentro de al menos uno de estos casos:

  • tener pasaporte de la UE, o 
  • ser pareja de ciudadano de la UE (no hace falta estar casados), o
  • ser dependiente de ciudadanos de la UE (hijos menores de edad o ascendientes que sean mantenidos económicamente por el ciudadano UE), o
  • tener una visa o residencia de la UE todavía válida, o
  • tener alguna otra autorización especial.

Los argentinos vacunados con Sputnik (que no cumplen con los requisitos anteriores) no podrán viajar a España como turistas. 


Los vacunados en Estados Unidos, u otros países distintos del lugar de origen de viaje

No tenemos confirmación oficial. La manera en que está escrito el Boletín Oficial de España dice que el certificado de vacunación debería ser del "país de origen" (del viaje? país del pasaporte?). Esto me parece una torpeza de quien lo escribió, que no pensó en las personas que se vacunan en un país, pero viajan desde otro. 

Supongo que a la larga se guiarán por el sentido común y que aceptarán como válido para entrar a España el certificado de vacunación de cualquiera de las vacunas reconocidas. Incluso aunque se hayan vacunado por ejemplo en Estados Unidos, pero viajen desde Argentina.

El único problema es que esto se verifica en Ezeiza, y ¿cómo pueden saber en Ezeiza si un certificado de vacunación de Estados Unidos es real? 

Se podría solucionar con una simple foto interna de ejemplo, una lista de las webs donde verificar los certificados según el país que lo emitió. 

Quizás no puedan verificarlo y por eso no puedan viajar. Quedamos atentos a las novedades. No hagan planes todavía. 


Novedades para ciudadanos de la Unión Europea y sus familias

Los viajeros que lleguen desde alguno de los países de riesgo (Argentina es uno de ellos), se les exigirá tener al menos uno de estos: 
  • certificado de vacunación (de las vacunas aprobadas)
  • prueba PCR, o LAMP, o TMA o de antígenos con resultado negativo realizado en las últimas 48hs (se redujo el tiempo, antes era hasta 72hs)
  • certificado de recuperación de Covid de no más de 180 días de antigüedad
La lista de países o zonas de riesgo, así como los criterios de inclusión en la misma, se encuentra publicada en la página web del Ministerio de Sanidad: https://www.mscbs.gob.es/ y en la web SpTH: https://www.spth.gob.es. Como norma general, las listas se revisan cada 7 días.

Desde el 7 de junio, los ciudadanos de la UE y sus familiares, podrán viajar a España con una prueba de antígenos negativa, mucho más barata y rápida que el PCR. 
Aún así, todavía pueden llevar pruebas NAAT (PCR, LAMP, o TMA) con resultado negativo.

IMPORTANTE: el tiempo máximo del test se reduce a 48hs antes de la llegada a España (antes era hasta 72hs).

Dicho de otra manera, para que quede claro: 
  • se tienen que realizar el test en las últimas 48hs antes de LLEGAR a España. 
  • el test nunca puede tener más de 48hs al llegar a España. 

Se pueden realizar el test de antígenos o PCR en Ezeiza si van con tiempo extra. 

En cuanto a las otras novedades, repito lo que puse antes:
Las nuevas opciones NO AFECTAN a los ciudadanos de la UE, ni a sus parejas (casadas o no), ni a sus descendientes o ascendientes que vivan a su cargo (menores de edad u otros adultos a los que el ciudadano de la UE mantenga económicamente). Ellos todavía pueden entrar a España.


Ciudadanos UE recuperados de Covid

Desde el 7 de junio van a poder entrar a España sin realizarse una prueba los ciudadanos UE recuperados de Covid que tengan un certificado de recuperación. 

Se aceptarán como válidos los certificados de recuperación expedidos por la autoridad competente o por un servicio médico como mínimo 11 días después de la realización de la primera prueba diagnóstica NAAT (PCR, LAMP, TMA y similares) con resultado positivo. La validez del certificado finalizará a los 180 días a partir de la fecha de la toma de la muestra.

El certificado de recuperación deberá incluir, al menos, la siguiente información:
  1. Nombre y apellido del titular.
  2. Fecha de la toma de muestras del primer test diagnóstico positivo para SARS-CoV-2.
  3. Tipo de test NAAT realizado (PCR, LAMP, TMA u otras similares).
  4. País emisor.
Si no tienen un certificado con estos datos, tendrán que cumplir con los otros requisitos. Y si no pueden cumplir con los otros requisitos, no podrán viajar a España. 


Fuentes consultadas:


Suscribirse a actualizaciones del blog:

Es gratis. Pueden seguir las actualizaciones del blog en:

 

Comentá con tu Facebook

Comentarios